Es perfectamente viable denunciar a un cliente que no paga en España. La opción más ágil es el proceso monitorio, diseñado para reclamar deudas que estén respaldadas por documentos como facturas o contratos firmados. Una ventaja clave de esta vía es que, si la cantidad reclamada es reducida, no es obligatorio contratar a un abogado ni a un procurador.
Dicho lo anterior, antes de efectuar cualquier reclamación a un cliente, recomendamos previamente realizar una comprobación exhaustiva de la contabilidad interna mediante cotejo de facturas y pagos, con el objetivo de confirmar que realmente no se han cobrado.
Una vez realizado dicho análisis y confirmado que efectivamente existe la deuda, el siguiente paso antes de reclamar o denunciar formalmente, sería llamar al cliente para indicarle con amabilidad que tiene facturas pendientes de abonar, rogándole que haga efectivo el pago en los días siguientes mediante transferencia. Si esta acción tiene éxito y el cliente finalmente paga lo que debe, no solo se conseguirá cobrar la deuda sino también mantener un cliente en activo, eso sí, que habrá que vigilar de cerca.
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Pasos para reclamar o denunciar a un cliente moroso:
La vía amistosa extrajudicial
Si tras haber hablado con el cliente la deuda persiste, el siguiente paso es enviarle un burofax, con acuse de recibo y apertura, informándole de la deuda y adjuntando las facturas pendientes; advirtiéndole además que en caso de no proceder al pago en un plazo de tiempo, se reclamará por vía judicial.
Requerimiento y Oferta Vinculante (MASC):
Con la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, ya no es posible interponer una demanda civil sin antes haber intentado una solución pactada a través de los Medios Adecuados de Solución de Controversias(MASC). Una vez que se envía la invitación formal para negociar, la otra parte dispone de un margen de 30 días para dar una respuesta antes de que se pueda seguir adelante con la vía judicial.
La vía jurídica (proceso monitorio)
Si los pasos anteriores no funcionaron, llega el momento de pasar a la acción legal. La buena noticia es que el monitorio es la vía judicial más rápida, sencilla, económica y eficaz, pensada para reclamar deudas de dinero claras, vencidas y no pagadas.
Para iniciar el proceso monitorio, poder probar la existencia de la deuda con documentación es fundamental, pudiendo ser con facturas emitidas, presupuestos aceptados, contratos firmados, correos electrónicos o mensajes y/o albaranes o justificantes de entrega.
La solicitud debe presentarse en el Tribunal de Primera Instancia del domicilio del deudor y no se necesita abogado ni procurador si el importe de la deuda es inferior a 2000€.
Una vez presentada la demanda, el tribunal revisa la solicitud y la admite a trámite si está todo correcto, enviando un requerimiento al demandado con un plazo de 20 días para actuar. Durante ese tiempo el deudor puede hacer 3 cosas:
- Pagar: Se finaliza el problema y se cierra el caso de forma ágil y directa.
- No pagar ni responder: El juez dicta una resolución declarativa reconociendo la petición de la demanda para ir directamente a ejecución y embargar los bienes (cuentas, nómina, etc.)
- Oponerse: el proceso deja de ser “rápido” y se convierte en un procedimiento judicial normal necesitando abogado y procurador (hasta 15.000 € Juicio verbal y por encima de ese valor juicio ordinario).
¿Qué hacer si el cliente no paga tras la celebración del juicio?
Si el cliente ignora la orden del juez tras la sentencia y no paga lo que debe, el siguiente paso es solicitar la ejecución forzosa. Este trámite legal autoriza el embargo directo de sus activos, desde el saldo en sus cuentas bancarias y nóminas hasta sus propiedades o vehículos.
Otra medida de presión muy efectiva es inscribir al deudor en los ficheros de morosidad, lo que bloquea su acceso a financiación y suele motivar el pago inmediato para limpiar su historial crediticio.
¿Cómo proceder ante una situación de insolvencia?
Aunque el deudor no disponga de activos en el momento presente, la resolución judicial firme permite que el derecho de cobro permanezca vigente. Esto significa que, si la situación financiera del deudor mejora en el futuro o adquiere nuevos bienes, es posible retomar las acciones de embargo para recuperar el importe adeudado.
Existen procesos legales diseñados para verificar la realidad de dicha insolvencia y asegurar que no se haya producido una ocultación indebida de bienes. Por este motivo, mantener abierta la vía legal y contar con el asesoramiento de un abogado mercantil resulta fundamental para proteger los intereses del acreedor a largo plazo. En muchos casos, la firmeza en el proceso judicial es el factor que finalmente impulsa al deudor a buscar una solución negociada.
Servicio externo de cobro y recobro, otra forma de reclamación extrajudicial
Existe una opción válida dentro de las formas de reclamación extrajudicial, aconsejado por su abogado, que es el de acudir a un servicio externo en la que dicha agencia especializada realizará todas las gestiones para que el deudor moroso pague su obligación dineraria.
Este medio de resolución privada es perfectamente legal y segura su contratación, ya que, al delegar toda la gestión a una agencia de cobro y recobro se garantiza disponer de un sistema efectivo, debido a las técnicas y procedimientos legales que emplean para conseguir que el cliente pague su deuda sin tener que denunciar.
Dicha gestión será siempre en última instancia supervisado y asesorado por su representante legal de confianza, dando cuenta de ello al abogado o mediante comunicaciones entre ambos profesionales, para que el haber recurrido a dicho arrendamiento de recobro tenga más posibilidades de éxito.






Buen Dia
Quiero saber si me pueden ayudar con la gestión de una cobranza, tenemos clientes con facturas pendientes de pago, los cuales ya no responden llamadas, mensajes ni correos.
Y se me ha autorizado buscar el cobro con asesoría legal.
Eso seria en general la situación, quedo atento
Gracias.
Estimado Luis, gracias por tu mensaje, efectivamente podemos ayudarte con la gestión del cobro de esas facturas pendientes, Pero para ello necesitamos revisar y analizar las facturas impagadas y las pruebas de los intentos de cobro (correos, mensajes, etc.). Si es viable un requerimiento extrajudicial de pago lo intentaríamos por esa vía y si no obtenemos respuestas iniciaríamos una reclamación judicial por procedimiento monitorio, rápido y eficaz. En tu caso, también se puede optar por un juicio ordinario si el deudor se opone o si el importe supera ciertos límites. Te proponemos que contactes con nosotros por privado para tratar el asunto con mayor profundidad y detalles.