Abogados especialistas en concurso de acreedores en Madrid

Despacho de Abogados especialista en concurso de acreedores de empresas que afrontan dificultades económicas o se encuentran en situación de insolvencia.
Ayudamos a los empresarios a alcanzar los mejores acuerdos con sus acreedores que les permitan continuar con la actividad, y en caso de inviabilidad realizar una liquidación ordenada de la empresa y salvar la responsabilidad personal del administrador.
Servicios que ofrece nuestro Despacho de abogados experto en concurso de acreedores
Estudio pormenorizado de la situación de la empresa y adecuación de la misma a los requierimientos de la Ley Concursal.
Confección de un plan de viabilidad y elaboración de una propuesta de convenio.
Negociación con todos los acreedores incluidas las entidades financieras.
Creación y cumplimiento de un plan de liquidación.
Concurso de acreedores de personas físicas. «Ley de segunda oportunidad»
¿Cuándo y por qué acudir a un Despacho de abogados para un concurso de acreedores?
El Concurso de Acreedores tiene como finalidad alcanzar un acuerdo que permita que el negocio siga existiendo y que se llegue a una resolución viable de pagos lo más justa para todos los acreedores, y para tal fin se necesita la experiencia de un Depacho de abogados especialista en la materia.
El procedimiento judicial busca alcanzar el acuerdo entre partes, a través de propuestas asumibles por parte del deudor, como quitas o un plan de pagos asumible y viable en el tiempo.
En el supuesto de que la empresa se vea imposibilitada para alcanzar acuerdos con sus acreedores, habrá que liquidar la compañía y hacer frente al pago de las deudas con los activos de la sociedad, siempre que los hubiera.
Cuando una empresa se encuentra en situación de no poder hacer frente a los pagos inminentes con sus acreedores, de acuerdo con la Ley Concursal, debe de interponer el concurso de acreedores mediante abogados especialistas y representado por Procurador.
El no cumplimiento de esta obligación dentro de los plazos establecidos, dos meses desde que la empresa se encuentra en estado de insolvencia, puede acarrear consecuencias negativas para el deudor o administradores en casos de sociedades mercantiles durante el proceso judicial.
¿Necesita un abogado concursal?
Póngase en contacto con nuestro Despacho de abogados experto en concurso de acreedores y le brindaremos un primer asesoramiento gratis.

Preguntas frecuentes de concurso de acreedores
¿Qué es un concurso de acreedores y para qué sirve?
El concurso de acreedores es un instrumento legal que disponen las personas físicas y las empresas para intentar salvar sus negocios cuando no pueden asumir el pago de sus deudas con sus acreedores, o para liquidarla ordenadamente en caso de inviabilidad, con el apoyo de abogados expertos en la materia.
¿Cuándo se debe solicitar la declaración de concurso?
El deudor deberá solicitar la declaración pasados dos meses desde la fecha en que supo el estado de insolvencia actual o inminente.
Hay un estado de insolvencia actual o inminente cuando no se ha cumplido el abono de pago de las obligaciones tributarias durante los tres meses anteriores a la solicitud del concurso, el pago de las cuotas de la Seguridad Social en ese mismo periodo o el pago de los salarios, indemnizaciones y demás retribuciones a los trabajadores de las últimas tres mensualidades.
La solicitud de concurso que presente el deudor deberá incluir el estado de insolvencia junto a todos los documentos que considere necesarios para acreditar la existencia de ese estado, que son:
- Una memoria que refleje la historia económica y jurídica del deudor; de la actividad o actividades a que se haya dedicado durante los tres últimos años y de los establecimientos, oficinas y explotaciones de que sea titular, y de las causas del estado de insolvencia en que se encuentre.
- Un inventario de los bienes y derechos que integren su patrimonio, distinguiendo la naturaleza que tuvieran, las características, el lugar en que se encuentren y, si estuvieran inscritos en un registro público, los datos de identificación registral de cada uno de los bienes y derechos relacionados, el valor de adquisición, las correcciones valorativas que procedan y la estimación del valor de mercado a la fecha de la solicitud
- La relación de acreedores identificando el domicilio y la dirección electrónica, si la tuviere, de cada uno de ellos, así como de la cuantía y el vencimiento de los respectivos créditos y las garantías personales o reales constituidas.
- Si el deudor fuera empleador, el número de trabajadores, con expresión del centro de trabajo al que estuvieran afectos, y la identidad de los integrantes del órgano de representación de los mismos si los hubiere, con expresión de la dirección electrónica de cada uno de ellos.
La solicitud debe ser presentada por procurador con su firma y la del Despacho de abogados especialista en concurso de acreedores, a través de un modelo oficial.
¿Quiénes pueden solicitar el concurso de acreedores?
El concurso de acreedores se puede solicitar de dos formas:
- Voluntario: se inicia por el propio deudor, que en caso de ser la empresa se realiza por el propio empresario o el órgano de administración.
- Forzoso: se produce cuando la solicitud proviene de uno varios acreedores.
¿Cómo se declara un concurso de acreedores?
Se abre la apertura de la fase común y si el deudor hubiera solicitado la liquidación de la masa activa, el juez la acordará en el propio auto en el que declare el concurso solicitado, con simultánea apertura de la fase de liquidación y con los demás pronunciamientos establecidos en esta ley.
El mismo día de la declaración de concurso se procede a la formación de la sección primera, si el concurso de acreedores se hubiera declarado a solicitud del deudor mediante abogados y procurador, que se encabezará con la solicitud y todos los documentos que la acompañaren, independientemente del solicitante. A continuación se procede a la formación de las secciones segunda, tercera y cuarta, cada una de las cuales se encabezará por el auto o, en su caso, la sentencia de declaración de concurso.
El auto de declaración de concurso tendrá fuerza ejecutiva, aunque no sea firme.
El auto se notificará a las partes que hubiesen comparecido. Si el deudor no hubiera comparecido, la publicación de la declaración de concurso en el «Boletín Oficial del Estado» producirá, respecto de él, los efectos de notificación del auto.
Si el concursado estuviera casado, el auto se notificará al cónyuge.
El auto de declaración de concurso se notificará por medios electrónicos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
¿Quién es el primero en cobrar en un concurso de acreedores?
Los primeros en cobrar son los créditos contra la masa que son los últimos acreedores con los que se contrajeron deudas posteriores a la declaración, incluyendo salarios de los trabajadores y del administrador concursal.
Posteriormente cobran los créditos concursales que se ramifican en tres vertientes:
- Créditos privilegiados: Enidades bancarias y financieras y salarios atrasados de los empleados.
- Créditos ordinarios: Proveedores y similares.
- Créditos subordinados: Multas, intereses y socios de la empresa.
¿Qué pasa con la empresa cuando entra en concurso de acreedores?
La designación del administrador concursal tiene poder para intervenir o suspender cualquier acto empresarial en su actividad mercantil, mediante las facultades de control, administración y gestión.
El concurso de empresa debe registrarse en el Boletín Oficial del Estado como publicidad y garantía para se conozca su estado a través de la información facilitada, que incluye el importe de la deuda. Desde ese instante no se permite gravar ni realizar operaciones de venta de cualquier bien del deudor inscrito en otros registros.
Por otro lado, todas las medidas de cobro iniciadas se paralizan, incluidos los embargos y ejecuciones. Es el momento en que una empresa intenta negociar con los acreedores nuevos planes de pago o acuerdos.
En una situación de insolvencia, el administrador concursal realiza un informe concursal y desde ese momento puede solicitar el inicio de la fase de liquidación para que cobren los acreedores, respetando el orden establecido.
En cuanto a los salarios hay que acudir a la FOGASA, que es el fondo de garantía salarial que permite el cobro de los empleados.
Consecuencias personales posibles ante concurso de acreedores
Si el deudor no presentara el concurso voluntario dentro del plazo de 2 meses desde la situación de insolvencia, o se demostrara que la situación de insolvencia económica de la empresa fue provocada o agravada por culpa o dolo del mismo, tanto el empresario como los representantes legales, administradores, liquidadores, directores generales o quienes hubieran desempeñado estas funciones en los años anteriores y los socios que hayan obstaculizado el funcionamiento normal del concurso, podrían acarrearles las siguientes sanciones:
- imposibilidad para el deudor de acceder a las alternativas propuestas por la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar sus deudas.
- Inhabilitación de dos a quince años para administrar bienes ajenos o representar a cualquier persona.
- Pérdida de sus derechos como acreedores si los tuvieran, en el concurso presentado.
- Obligación del concursado, otros responsables y cómplices, de devolver los bienes o derechos obtenidos de manera indebida, e indemnizar por los daños y perjuicios causados.
- Cuando la calificación de concurso culpable surge de la liquidación de la empresa en concurso, el juez puede condenar a las personas afectadas por dicha calificación a cubrir el déficit patrimonial de la concursada. Es decir, cuando la masa activa determinada por la administración concursal es insuficiente para cubrir las deudas reconocidas por los acreedores.
Por todas estas razones y más, el asesoramiento permanente de abogados especialistas en consurso de acreedores se vuelve indispensable.
Abogados expertos en concurso de acreedores en Madrid
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